Resultados del contrato del Indicador: ¿Juego limpio?
Sábado, Abril 26th, 2008
En anteriores entradas (Febrero, Junio y Julio) hemos ido dando cuenta del Indicador Europeo de competencia lingüística que medirá en 2009 el nivel idiomático de los jóvenes comunitarios de entre 14 y 16 años, al final de la enseñanza obligatoria, en las dos primeras lenguas extranjeras que hayan aprendido, en actividades de lectura, comprensión oral y escritura, de entre el inglés, francés, alemán, español e italiano.
Os informábamos que el OAL formó parte de un consorcio que entró en la licitación pública del contrato, compuesto por el IEA (International Association for the Evaluation of Educational Achievements), líder del grupo, el DIPF (The German Institute for International Educational Research), ETS Europe (Educational Testing Service), el IQB (Institute for Educational Progress) de la Universidad Humboldt de Berlín, el Centro CILS (Università di Siena), el TestDaF Institute, la Chambre de Commerce et d’Industrie de Paris, y el OAL.
Nuestro consorcio quedó finalista, en la última vuelta, compitiendo con el consorcio SurveyLang, liderado por University of Cambridge ESOL Examinations e integrado además por: Centre Intenational d’Etudes Pedagogiques (CIEP), Gallup, Goethe-Institut, Instituto Cervantes, National Institute for Educational Measurement (Cito), Universidad de Salamanca, y la Università per Stranieri di Perugia.
En escrito oficial de 23 de septiembre 2007, firmado por Mr. Anders Hingel, Head of Unit en la Dirección General de Educación y Cultura de la Comisión Europea, se da cuenta del resultado final tras la valoración de evaluadores externos. Este es:
El consorcio del que formamos parte gana por goleada al otro competidor ‘en todos y cada uno‘ de los ‘criterios cualitativos’ relativos a: i) la relevancia y calidad de las propuestas metodológicas; ii) la calidad de los equipos consorciados; iii) la calidad de su conocimiento y experiencia en este tipo de acciones: un total de 66.9 puntos (de un máximo de 70) frente a tan solo 60.4 obtenidos por SurveyLang. El criterio ‘cuantitativo’, el precio, proporciona el máximo de 30 puntos a SurveyLang, con una propuesta económica más baja que la nuestra, que tan solo obtiene 17.4. El precio propuesto por nuestro consorcio se acercaba más a la cifra tope de 6.000.000 de euros del contrato, frente a los 5.783.500 euros ofertados por SurveyLang. Provisionalmente se resuelve la licitación a favor de SurveyLang al considerar e incluir en la suma total de puntos el criterio ‘cuantitativo’ del precio.
De forma inexplicable, la Dirección General de la Comisión Europea ha violado sus propios criterios tal como estableció el 7 de agosto en el pliego de condiciones del contrato: En su apartado 10, sobre los criterios de concesión del contrato, al final del punto 10.1 relativo a criterios cualitativos (70 puntos), se indica que: “Las ofertas que obtengan una puntuación total inferior a 65 puntos en los criterios cualitativos serán rechazadas”. Se trata de una salvaguarda, obligatoria en todos los contratos de este tipo, para evitar que cualquier propuesta “barata”, sin impacto de calidad, se pueda hacer con el contrato.
Los puntos totales de SurveyLang por los criterios cualitativos es de 60.4 y no alcanzan los 65 puntos necesarios para su consideración y serle de aplicación el criterio cuantitativo. Aún así, no rechazando la propuesta como en ley procede, se les aplica igualmente el criterio cuantitativo y se les otorga el contrato.
Planteado recurso de apelación por los abogados de nuestro consorcio en Bruselas, la concesión definitiva se detuvo durante meses, si bien finalmente y sin mediar explicación justificativa ajustada a derecho, se le ha adjudicado el contrato del Indicador a SurveyLang.
Felicitamos a nuestros competidores por su éxito al tiempo que expresamos ante la opinión pública, al margen de otras acciones de jurisprudencia, nuestra legítima condición de ganadores del contrato que se nos ha hurtado.
Quien tenga interés en el tema, podemos pasarle los documentos que prueban, con nítida transparencia, que lo que decimos responde a verdad legal.




